TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL PROCESO DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA DE INMUEBLES
BIENES RAÍCES A LICITAR: PROPIEDAD PUBLICADA EN PÁGINA WWW.SUPERBID.CL
FECHA Y HORA CIERRE LICITACIÓN: El remate será realizado el día 11 de abril de 2019, a partir de las 17:30 hs, horario de Santiago (GMT-3) y a las 16:30 hs. horario de Bolivia (GMT-4). El horario previsto para el cierre de las ofertas para la adquisición de los lotes será exhibido en la página específica que contiene el listado de todos los lotes del remate en SUPERBID.
Las personas que deseen presenciar el proceso pueden concurrir a las oficinas de Superbid ubicadas en Alonso de Monroy 2677, oficina 502, Vitacura.
1. El presente acuerdo contiene los términos y condiciones para los usuarios que deseen participar de la licitación electrónica de Inmuebles, en adelante los Usuarios, de Superbid Chile S.A., en adelante también denominada “Superbid”. Dicho proceso consiste en que Superbid, mandatado por el Vendedor, ofrece vender bienes raíces y recibe ofertas de compra a través de su Portal.
2. Para participar del proceso de Licitación electrónica de Superbid, los Usuarios deberán registrar sus datos en el Portal Superbid de acuerdo al “Procedimiento de utilización del Portal Superbid-Usuario” y aceptar estos términos y condiciones en el mismo Portal Superbid. Junto con lo anterior, se deberá depositar una caución o garantía por seriedad de oferta de USD 1000 (mil dólares) por la propiedad para participar por lote a ofertar.
Debiendo enviar el comprobante de depósito a la dirección de correo electrónico [email protected] y [email protected]
Los datos bancarios para realizar el depósito son los siguientes:
Bank Name: |
BANCO BISA S.A. |
Bank address: |
LA PAZ, BOLIVIA |
Tel. No. |
+(591) 3 371-2278 |
SWIFT Code: |
BANIBOLXXXX |
Bank Contact person: |
Alejandra Chavez |
Contact e-mail: |
|
Moneda: |
Extranjera (Dólares americanos) |
Beneficiary: |
ARTEX BOLIVIA S.A. |
Account No.: |
53685-202-6 |
El monto de la garantía será devuelto luego de 7 días hábiles del cierre de la licitación en caso de no haberse adjudicado ningún lote. En caso de haberse adjudicado el lote, dicho monto se descontará de la comisión por intermediación a pagar por parte del mejor oferente y su tratamiento está descrito en el punto 6 letra b).
3. Las ofertas efectuadas sobre el monto referencial bajo el valor de reserva no obliga al Vendedor a aceptarla ni garantiza la celebración del contrato de compraventa.
4. La Licitación tendrá un horario previsto de cierre que se indica en el portal Superbid (para tal efecto, existe un reloj en el Portal Superbid). Los clientes que realicen una oferta en los últimos 3 minutos del horario previsto o, el cronómetro se retrasará en 3 minutos por cada oferta efectuada, o 1,15 minutos en caso de que las propiedades estén agrupadas.
5. Es de responsabilidad exclusiva de los usuarios cerciorarse del estado y condición en que se encuentren los Bienes Raíces, así como de comprobar que los títulos de dominio de los inmuebles se encuentren ajustados a derecho. De esta manera Superbid no responderá en caso ni por motivo alguno, quedando liberado de toda responsabilidad. Superbid tendrá a disposición de los Usuarios, los títulos de dominio del Inmueble necesarios para su estudio. El Usuario coordinará con Superbid el día y horario en que pueden visitar los bienes raíces de su interés. Las fotografías y descripciones de los bienes que se publican en el Portal Superbid, son meramente referenciales. Así también, será responsabilidad exclusiva de los usuarios, cerciorarse que el pago de contribuciones, así como toda otra deuda, tales como gastos comunes, cuentas por servicios etc., estén al día. El plazo máximo para hacer notar reparos en los títulos por los conceptos antes descritos, será hasta la firma del “Cierre”, indicado en el párrafo 6 siguiente.
6. Al cierre de la licitación, Superbid comunicará al Vendedor la mejor oferta realizada por un Usuario (el “Mejor Oferente”), a fin de que el Vendedor manifieste la aceptación o rechazo a dicha oferta siempre y cuando esta quede en status condicional. En caso de aceptación del Vendedor, las partes deberán suscribir una Aceptación de Oferta y Cierre de Negocios (Anexo B de este documento) en el cual se fijarán las condiciones definitivas de venta del Bien Raíz, en adelante el “Cierre”. Este documento será firmado por el Vendedor y el Mejor Oferente, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de cierre de la licitación.
Conjuntamente con la firma del “Cierre”, el Mejor Oferente tendrá los siguientes gastos de cargo del adjudicatario:
a) Boleta de garantía entregada en las oficinas de ARTEX BOLIVIA SA por el monto el cual fue adjudicado el lote o transferencia electrónica a la cuenta corriente de ARTEX BOLIVIA SA ya indicada debiendo enviar comprobante de la transferencia efectuada, indicando número de lote y dirección de la propiedad cuyo precio se está pagando, a [email protected]. También está la opción de depósito bancario en la señalada cuenta corriente de ARTEX BOLIVIA SA y bajo el mismo procedimiento de la letra anterior.
b) Pagar a Superbid Chile S.A. el 5% + IVA del precio pactado, como concepto de comisión por su gestión de venta. Este monto sólo le será devuelto al Mejor Oferente en caso que el Vendedor se retracte de realizar la venta. Este monto se depositará mediante transferencia electrónica en:
Por Wire desde el extranjero
c) Pagar los siguientes gastos asociados:
· Honorarios Abogado: Por control y tramitación de la transferencia y elaboración escritura
· Honorarios Notaría por reconocimiento de firmas y protocolización de la escritura
· Registro del inmueble en Derechos Reales
· Actualización de plano del inmueble y costos menores
El “Cierre” contendrá además el plazo dentro del cual debe firmarse la escritura de compraventa definitiva, el que no podrá ser mayor a 20 días corridos contados desde la fecha del “Cierre”.
El pago del saldo del precio total de la compraventa deberá efectuarse dentro del mismo plazo indicado precedentemente, esto es 20 días corridos contados desde la fecha de suscripción del cierre por el valor en bolivianos del dólar al día de pago efectivo. En todo caso, dicho valor en bolivianos no podrá ser inferior al monto del saldo de precio considerado al valor del dólar del día del “Cierre”
Una vez firmado el “Cierre”, no será obstáculo ni condición para la firma de la escritura de compraventa y/o el pago del saldo del precio, el hecho que a juicio del Mejor Oferente, faltaren antecedentes legales del inmueble o que los títulos de dominio del inmueble no estén ajustados a derecho, situación que deberá ser calificada por el abogado del Mejor Oferente y a su propia responsabilidad antes de la firma del “Cierre”.
Queda estipulado que en el “Cierre” se establecerá para ambas partes, vendedor y comprador, una multa correspondiente a una suma equivalente al 10% del precio pactado, como concepto de garantía de realización del negocio ofrecido, en adelante la “Garantía”. Para el caso del Mejor Oferente o comprador, esta cantidad se imputará al monto pagado por este como parte del Precio en el Cierre, y que las partes declaran como avaluación anticipada de perjuicios.
El borrador de escritura de compraventa será redactado por abogados, y este estará a disposición del Mejor Oferente a más tardar dentro de los 12 días siguientes al “Cierre”. El Mejor Oferente deberá hacer sus observaciones como máximo a dos días de recibido el borrador, de lo contrario, se entenderá que acepta todas y cada una de sus cláusulas.
En caso de que una de las partes se retractare intempestivamente de suscribir la escritura de compraventa del Bien Raíz dentro del plazo indicado en este numeral, la parte incumplidora pagará la Garantía en favor de la parte cumplidora o que estuviere llana a cumplir. Se entenderá que una de las partes esta llana a cumplir, suscribiendo la matriz de la escritura de compraventa prometida ante el notario público designado al efecto en “el Cierre”.
7. Cualquier dificultad o controversia que se produzca entre el Usuario y Superbid respecto de la aplicación, interpretación, duración, validez o ejecución de este instrumento y sus Anexos o cualquier otro motivo será sometida a arbitraje, bajo las previsiones de la Ley de Arbitraje y Conciliación que se encontrare vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia, que será conducido en idioma castellano por el centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de industria y Comercio (CAINCO) de Santa Cruz de la Sierra - Bolivia, bajo las Reglas vigentes de dicho centro, cuyo laudo será definitivo y de cumplimiento obligatorio para Las partes
La jurisdicción y sede será la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, que fue elegida como la competente para disipar las cuestiones resultantes de la interpretación del presente convenio, desistiendo “Las Partes” de acudir a cualquier otra vía, por más privilegiada que pueda ser, salvando las acciones judiciales previstas en las cláusulas precedentes del presente contrato.
El tribunal arbitral será integrado por tres miembros. Cada parte nombrará un sólo árbitro, y los dos árbitros elegirán un árbitro neutro, quien será el presidente. En caso de que los dos árbitros no lleguen a un acuerdo en la selección del tercer árbitro, el presidente será seleccionado de conformidad con las Reglas.
Los procedimientos se realizarán de manera rápida y, en la medida posible, tendrán el objetivo de que el laudo final se emita dentro de seis (6) meses luego de realizada la selección del árbitro presidente.
Los árbitros manejarán los procedimientos de manera activa según consideren pertinente para que los procedimientos sean justos, rápidos, económicos y menos onerosos que el litigio. Tendrán el objetivo de que el laudo final se emita dentro de seis (6) meses luego de realizada la selección del árbitro presidente.
Los árbitros podrán, durante los procedimientos, ordenar acciones temporales o medidas de preservación, incluidos, sin limitación, los embargos, el cumplimiento forzoso, un interdicto preliminar o un depósito de una fianza específica, justa y equitativa.
Los árbitros podrán pedir el auxilio judicial para la ejecución de las medidas preventivas o precautorias dictadas. Los árbitros podrán tratar el incumplimiento de una Parte de dicha orden provisional, con previo aviso y en la oportunidad de remediar dicho incumplimiento, declararan una rebeldía, y todas o algunas de las reclamaciones o defensas de la Parte en rebeldía se podrán eliminar y se podrá otorgar un laudo parcial o final en contra de dicha parte, o los árbitros podrán ordenar aquellas sanciones menores que estimen pertinentes.
El laudo final será de cumplimiento obligatorio para las Partes. El laudo final expresará que los árbitros lo emiten conforme a lo que han considerado como justo e imparcial.
8. Para todos los efectos derivados del presente instrumento, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, y se someten a las leyes del Estado Plurinacional de Bolivia.
Nombre Cliente: ____________
NIT: ______________________
Domicilio: _________________
Teléfono: __________________
E-Mail: ____________________
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Anexo A (Persona jurídica)
Santa Cruz de la Sierra, XX de abril de 2019
Señores: Superbid Chile SA
Atención: Sr Ricardo Zani Santoro
Asunto: Licitación Inmueble XXXXXX
A través de esta carta, ______________ NIT________ representante legal de la sociedad _____________, NIT _____________, ambos domiciliados en _____________ aceptamos las condiciones de la licitación realizada en el sitio www.superbid.cl y todos y cada uno de los Términos y Condiciones para el Proceso de Licitación Electrónica de Inmuebles, en adelante también “Los Términos”
Y a través de esta carta realizamos la siguiente oferta:
Lote Nº_: Inmueble ubicado en _______
La personería de don______________ para representar a _____________ consta de escritura pública de fecha________ del año _______ otorgada en la notaría de don_____.
La garantía para participar de la licitación electrónica / fue realizada a través de transferencia electrónica el día _______ / se acompaña de comprobante _______.
Sin otro particular le saluda atentamente.
____________________
Nombre y Firma
Sociedad
Anexo B (Persona Natural)
Santa Cruz de la Sierra, XX de abril de 2019
Señores: Superbid Chile SA
Atención: Sr Ricardo Zani Santoro
Asunto: Licitación Inmueble XXXXXXXXXX.
A través de esta carta, ______________ NIT________, NIT _____________, domiciliado en _____________ acepto las condiciones de la licitación realizada en el sitio www.superbid.cl y todos y cada uno de los Términos y Condiciones para el Proceso de Licitación Electrónica de Inmuebles, en adelante también “Los Términos”
Y a través de esta carta realizo la siguiente oferta:
Lote Nº_: Inmueble ubicado en _______
La garantía para participar de la licitación electrónica / fue realizada a través de transferencia electrónica el día _______ / se acompaña de vale vista_______.
Sin otro particular le saluda atentamente.
____________________
Nombre y Firma
NIT
Anexo C
ACEPTACIÓN DE OFERTA Y CIERRE DE NEGOCIO
----------------Mejor Oferente----------------
Y
ARTEX BOLIVIA SA.
En Santa Cruz de la Sierra, a ……………………….………… de 2019 comparecen: don ………………………………….………………, por una parte y, en adelante, como “El Mejor Oferente”, y por la otra, don ……………………………… en representación, según se acreditará, de ARTEX BOLIVIA SA, Número de Identificación Tributaria número …………………………..; ambos domiciliados para estos efectos en ……………………………., en adelante como “El Aceptante”, quienes acreditan su identidad con sus cédulas que exhiben y exponen, y se conviene lo siguiente:
PRIMERO: El Aceptante es dueño del inmueble descrito como Lote……………………...en el Anexo A de “los Términos y Condiciones para el Proceso de Licitación Electrónica de Inmuebles, en adelante “Los Términos”·
SEGUNDO: ARTEX BOLIVIA SA declara expresamente que acepta la Oferta del Mejor Aceptante por el inmueble.
TERCERO: Por el presente acto el Mejor Oferente, por sí o a través de la persona que designe, se obliga a comprar a El Aceptante, quien se obliga a vender el inmueble individualizado en la cláusula primera precedente en el plazo máximo de 20 días contados desde la fecha de este instrumento.
La persona designada es___________________________________________
NIT_____________, estado civil___________________. Profesión u oficio_____________, nacionalidad
CUARTO: El precio de la compraventa es la suma de USD……., que equivalen al día de hoy a Bs.………. con un valor de USD al día de hoy. Que se paga y pagará de la siguiente manera:
a) Con ……………. USD por su valor al día de hoy, que El Mejor Oferente entrega en este acto, al contado y en dinero efectivo, que el Aceptante declara recibir a su entera satisfacción.
b) Con ………………. USD, por su valor al día del pago efectivo, que el Mejor Oferente entregará al Aceptante a más tardar el día de firma de la escritura de compraventa definitiva.
QUINTO: El inmueble objeto del presente contrato se venderá ad-corpus, con todo lo construido en él, con sus usos, costumbres y libre de gravámenes, expropiaciones, prohibiciones, embargos, deuda, litigios o derechos preferentes a terceros, y en el estado en que se encuentra, y que el Mejor Oferente declara hoy conocer y aceptar, con sus contribuciones Municipales y demás servicios al día.
SEXTO: La entrega material de la propiedad se hará al momento de encontrase debidamente inscrito ésta en el Registro de inmuebles de Derechos Reales del departamento de Santa Cruz a nombre del Mejor Oferente.
SEPTIMO: Todos los gastos asociados a este Cierre de negocio y a escritura de compraventa definitiva y su inscripción en serán pagados por el Mejor Oferente.
OCTAVO: Las partes dejan expresa constancia que el monto indicado en la letra A de la cláusula cuarta de este instrumento será “Garantía” de firma y suscripción de la compraventa definitiva, en los términos descritos en el número 6 de “Los Términos” y debidamente aceptados por el Mejor Oferente. Del mismo modo, el Aceptante, se obliga a devolver dicha suma y a pagar el 20% del precio de compraventa, en caso de su incumplimiento en los términos del numeral 6 indicado.
NOVENO: Las partes dejan constancia que este negocio ha sido por intermedio de SUPERBID. En este mismo instrumento, el Mejor Oferente paga al contado y en dinero efectivo a SUPERBID la suma de USD ……… correspondiente al 5% + IVA del Precio total.
DECIMO: La firma de la escritura de compraventa definitiva se realizará en la notaría de Santa Cruz de la Sierra de don ………………………………………
En señal de aceptación y conformidad, firman las partes comparecientes tres copias del presente instrumento de igual tenor, valor y fecha.
_____________________________________________
ARTEX BOLIVIA SA
______________
Mejor Oferente