CONDICIONES GENERALES SUBASTAS
GESTIONADAS POR SUPERBID COLOMBIA SAS
EMPRESA VENDEDORA: SURAMERICANA
Portal Superbid: www.superbid.com.co
PRIMERA.- ALCANCE Y DEFINICIONES
El presente documento tiene por objeto definir los términos y condiciones para participar en las subastas que realiza SUPERBID en su condición exclusiva de intermediario, poniendo a disposición de los particulares un portal y una plataforma comercial de subastas www.superbid.com.co. SUPERBID en ningún caso actúa como parte compradora o vendedora en las compraventas realizadas a través de dicha página web.
Los ofertantes deben ser personas jurídicas o personas físicas mayores de 18 años, con capacidad legal para contratar. Las presentes condiciones, se regirán por la legislación colombiana. En el caso de que alguna de las presentes condiciones sea o fuese declarada ineficaz, nula o irrealizable, ello no afectará la eficacia de las restantes, las cuales subsistirán plenamente válidas y eficaces.
DEFINICIONES
Para todos los efectos contractuales y legales se adoptan las siguientes definiciones:
a. SUBASTA: Procedimiento mediante el cual se realiza la venta pública de lotes al mejor postor, previa autorización expresa del VENDEDOR, en la que SUPERBID funge únicamente como intermediario.
b. LOTE: bien o grupo de bienes, dispuestos por el VENDEDOR para que sean subastados por SUPERBID.
c. OFERTANTE: Persona natural o jurídica registrada en la subasta y habilitada para pujar por los lotes a subastar.
d. ADQUIRENTE: OFERTANTE que realice la mayor oferta por los lotes subastados. En el caso de ofertas inferiores al valor mínimo de venta (oferta condicional), para ostentar la condición de ADQUIRENTE, se requiere la aprobación de la oferta por parte del VENDEDOR.
e. MARTILLERO: Funcionario de SUPERBID encargado de dirigir la subasta presencialmente y en el portal www.superbid.com.co.
f. VENDEDOR: Persona jurídica, titular de los bienes, que encarga a SUPERBID la subasta de los lotes.
g. VALOR INICIAL DE OFERTA: El valor atribuido para cada oferta como “valor inicial de oferta” o “valor de apertura”, será un valor referencial fijado previamente por SUPERBID, que no equivale al valor mínimo de venta definido por el VENDEDOR y que, por lo tanto, no obliga a éste último a aceptar la oferta efectuada sobre el mismo.
h. OFERTA CONDICIONAL: En el caso de que la mayor OFERTA sea inferior al Valor Mínimo de Venta señalado por el VENDEDOR la oferta se tendrá como OFERTA CONDICIONAL que para quedar en firme requerirá la aprobación expresa por parte del VENDEDOR.
i. OFERTAS AUTOMÁTICAS: EL OFERTANTE podrá solicitar que el sistema automáticamente genere una contra oferta de forma que, si un competidor interesado supera la oferta hecha por él, el sistema automáticamente genere una oferta mayor.
SEGUNDA.- .-RESPONSABILIDAD DEL INTEMEDIARIO.
SUPERBID funge únicamente como intermediario y pone a disposición un portal de subastas para intermediar en la comercialización de los lotes entre VENDEDORES y OFERTANTES. El contrato de compraventa resultante se llevará a cabo exclusivamente entre el vendedor y el ofertante comprador.
Los datos publicados en el PORTAL SUPERBID no constituyen un avalúo de los lotes ni comprometen la responsabilidad de SUPERBID.
SUPERBID se reserva el derecho de modificar las aplicaciones de su página web, bloquear o borrar los usuarios y/o las ofertas en cualquier momento sin necesidad de indicar los motivos.
SUPERBID no es responsable por:
1. La veracidad o exactitud de los datos y afirmaciones que sobre los bienes y materiales realice el VENDEDOR.
2. Las ofertas que realicen los OFERTANTES.
3. Las perdidas o daños de cualquier tipo originado por las operaciones efectuadas entre los OFERTANTES y el VENDEDOR.
4. Los daños causados al OFERTANTE por dificultades técnicas o fallas en el sistema de la Internet, toda vez que su funcionamiento está sujeto a condiciones ajenas a su control.
5. Las inconsistencias en la web que correspondan a meros errores de transcripción y digitación.
TERCERA.- DECLARACIONES Y ACEPTACIONES EXPRESAS
1. EL OFERTANTE manifiesta que las actividades que ejerce las realiza de acuerdo a la ley y sus recursos proceden de origen lícito, declara obrar de buena fe, cumplir con los requisitos de ley para participar en la subasta y es responsable por la veracidad de la información suministrada y por el buen uso de su acceso al PORTAL SUPERBID.
2. EL OFERTANTE declara haber leído y acepta las presentes condiciones generales de subasta.
3. EL OFERTANTE acepta que una vez realizada una oferta, ésta es vinculante y la misma no podrá ser reducida, retirada ni desistida salvo por lo dispuesto en el literal d) de la cláusula novena de este contrato.
4. EL OFERTANTE conoce y acepta que la simple participación en la subasta, conlleva la expresa aceptación de las condiciones de la misma, del estado y condiciones de los lotes y de la normativa que le es aplicable.
5. EL OFERTANTE al ofertar manifiesta que conoce la normativa que regula los lotes a subastar y garantiza el cumplimiento de todos los requerimientos exigidos por las autoridades y entidades de control para su retiro, comercialización, utilización y disposición final y se compromete a acreditar todos los documentos que SUPERBID o el VENDEDOR le requieran al efecto. Tratándose de residuos peligrosos El OFERTANTE garantiza el tratamiento y disposición óptima de los mismos, así como el cumplimiento de todos los requerimientos exigidos por las entidades de control, eximiendo a SUPERBID y a EL VENDEDOR de toda responsabilidad al respecto.
7. EL OFERTANTE conoce y acepta que EL VENDEDOR y SUPERBID podrán vetar su participación o compra, en cualquier momento, cuando no pase los filtros establecidos para garantizar la legalidad y transparencia de la operación.
CUARTA.- OBLIGACIONES DEL OFERTANTE
1. EL OFERTANTE responderá por el uso indebido del nombre de usuario y de la contraseña.
2. Es obligación del OFERTANTE cerciorarse del estado físico de los bienes a subastar mediante la inspección previa de los mismos, a tal fin deberá coordinar con SUPERBID la visita de inspección de los lotes, y se compromete a aceptar las normas y procedimientos de seguridad establecidas por el VENDEDOR para la referida visita.
3. EL OFERTANTE debe verificar con antelación las condiciones y limitaciones de tipo jurídico que puedan afectar los bienes, particularmente cuando el objeto a subastar se encuentre sujeto a registro.
4. EL OFERTANTE deberá depositar, a más tardar el día antes del cierre de la subasta, a título de garantía, una suma de dinero por valor previamente determinado, poder ofertar por los lotes de esta subasta.
5. EL OFERTANTE se obliga a presentar los documentos que SUPERBID y/o EL VENDEDOR le soliciten y la licencia de manejo y disposición final a más tardar el día anterior del cierre de la subasta.
6. EL OFERTANTE que realice la mayor oferta se obliga al pago del valor del lote, de los gastos administrativos y de la comisión a SUPERBID y tiene el deber de retirar los bienes en el plazo establecido al efecto.
7. EL OFERTANTE se compromete a comunicarse y adelantar las gestiones que correspondan directamente a SUPERBID y no podrá, salvo autorización expresa, comunicarse directamente con el VENDEDOR.
QUINTA.- -GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
1. EL OFERTANTE deberá acreditar, a más tardar el día antes de la subasta, el pago de una garantía, por valor de COP$2´000.000 (dos millones de pesos) para poder ofertar por los lotes reseñados en el PORTAL SUPERBID para ésta subasta.
2. El pago de la garantía se hará a favor y a nombre de SUPERBID COLOMBIA SAS, mediante cheque de gerencia, entregado en las oficinas de SUPERBID, o en efectivo mediante transferencia electrónica, PSE o depósito bancario en la cuenta de SUPERBID: Cuenta Corriente Bancolombia No. 304-648978-97, convenio No. 46527.
3. Siempre que EL OFERTANTE sea adjudicatario de los lotes, y se hayan cumplido las condiciones necesarias para la formalización de la compra de los lotes, incluido el pago total del precio de los mismos, el dinero entregado como garantía será abonado como parte de la comisión y/o de los costos administrativos a pagar a SUPERBID.
4. Si EL OFERTANTE no resultara adjudicatario, o su oferta condicionada fuera rechazada, podrá solicitar la devolución de la suma dada en garantía o su traslado a otra subasta mediante comunicación enviada al email [email protected]. SUPERBID devolverá la garantía única y exclusivamente al OFERTANTE, a la cuenta que éste haya informado, previa deducción del gravamen a los movimientos financieros (GMF 4x1000) cuando estas se hayan cancelado mediante depósito bancario, o devolverá al OFERTANTE el cheque de gerencia correspondiente que podrá retirar en las oficinas de SUPERBID.
5. Una vez terminada la subasta, si EL ADQUIRENTE desiste de su oferta, se hará efectiva la garantía en favor SUPERBID, sin perjuicio de las demás sanciones o penalidades pactadas y del reclamo por los perjuicios causados.
SEXTA.- LA SUBASTA.
1. La subasta se llevará a cabo de manera virtual en el Portal Superbid www.superbid.com.co y/o presencialmente, en las oficinas de SUPERBID COLOMBIA S.A.S., ubicadas en la Carrera 11 No. 93 – 53, Bogotá D.C. o en el sitio que se indique previamente a la celebración de la subasta.
2. La subasta se desarrollará en la fecha prevista al efecto y se informará la hora de cierre mediante un reloj disponible en la sección de la pantalla del portal web de SUPERBID. No obstante siempre que se reciba alguna oferta en los últimos tres (3) minutos del cierre de los lotes, el cronómetro se retrotraerá hasta tres (3) minutos del cierre del lote y así sucesivamente, para que todos los usuarios interesados tengan la oportunidad de efectuar nuevas ofertas.
3. SUPERBID podrá, a juicio propio, conciliar (sincronizar) el horario previsto para el cierre de LOTES, modificar la fecha de la subasta, modificar los incrementos mínimos por puja, sin previo aviso, suspender, cancelar, cerrar anticipadamente o prorrogar la subasta por causas técnicas o legales, propias o ajenas.
4. Los lotes se subastarán en las condiciones físicas y jurídicas en que se encuentren y que deben ser verificadas por los ofertantes antes de la subasta. En ningún caso se entenderá que la presente subasta sanea cualquier tipo de vicio de los lotes.
5. Las fotos y descripciones de los lotes a subastar estarán disponibles en el PORTAL SUPERBID y son parcialmente ilustrativas, por lo tanto no son un medio idóneo y suficiente para establecer las condiciones reales de los bienes. Las fotos y descripciones publicadas no sustituyen la obligación de los ofertantes de inspeccionar los lotes y realizar las verificaciones que correspondan.
6. Las ofertas pueden ser formuladas a través del PORTAL SUPERBID, o de viva voz, para quienes asistan presencialmente a la subasta. Cada lote tiene un valor de incremento mínimo por puja que aparece en la pantalla al momento de ofertar.
7. El valor atribuido para cada oferta como “valor inicial de oferta” o “valor de apertura”, será un valor referencial fijado previamente por SUPERBID, que no obliga al VENDEDOR a aceptar la oferta ni garantiza la celebración del contrato de compraventa.
8. SUPERBID, a su exclusiva discreción, podrá cancelar cualquier oferta de compra siempre que identifique algún tipo de actuación irregular o fraudulenta.
9. EL OFERTANTE podrá programar “ofertas automáticas”, de forma que, si un competidor interesado supera la oferta hecha por él, el sistema automáticamente generará una contra-oferta a favor del ofertante que haya activado dicha opción de “oferta automática”.
Dichas ofertas serán realizadas con un incremento fijo y pre-determinado hasta un límite máximo definido por EL OFERTANTE.
10. Siempre que la mayor oferta no alcance el Valor Mínimo de Venta definido por el VENDEDOR, se entenderá que es una oferta condicional. En este caso, SUPERBID presentará dicha oferta al VENDEDOR, quien podrá aprobarla o rechazarla en un plazo máximo de 7 días, sin que ello de lugar a reclamación alguna. La aprobación deberá ser expresa y la falta de comunicación al respecto no se puede entender como aceptación.
Durante este tiempo el OFERTANTE no podrá desistir de la oferta, de hacerlo se hará efectiva la garantía a favor de SUPERBID La falta de notificación no podrá tomarse como aceptación de la oferta.
SEPTIMA.- PAGOS.
1. EL OFERTANTE que, dentro de la subasta realice la mayor oferta por los lotes subastados, será considerado a todo efecto como ADQUIRENTE y queda obligado al pago de los lotes subastados y a pagar a SUPERBID una comisión de 6,3% (Seis coma tres por ciento), más IVA sobre el valor de los lotes subastados. El pago de la comisión a la que se hace referencia se hará exigible para SUPERBID únicamente en tanto la totalidad de las condiciones y términos de la subasta se hayan cumplido en su totalidad incluido el pago de la totalidad del precio de los lotes subastados. Adicionalmente EL OFERTANTE se obliga a pagar el valor de los costos administrativos respectivos de acuerdo a la siguiente tabla:
Valor a pagar |
$150.000 |
El ADQUIRENTE autoriza a SUPERBID a descontar su comisión y los costos referidos del dinero entregado en garantía una vez cumplidas todas las condiciones para el cierre de la subasta, incluyendo el pago del precio de los lotes. Si las sumas entregadas en garantía no resultan suficientes para descontar la comisión y/o los costos referidos previamente, EL ADQUIRENTE se compromete a consignar el valor correspondiente a dicha comisión y costos administrativos dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de cierre de la subasta en la cuenta de SUPERBID.
La comisión, una vez la misma se haya hecho exigible en las condiciones contempladas en este contrato, constituye la remuneración por la intermediación de SUPERBID. En ningún caso SUPERBID estará obligado a devolver el valor cancelado por este concepto
2. El pago de los lotes subastados, de la comisión y cualquier otro gasto o costo asociado deberá ser pagado dentro del plazo establecido en la liquidación de cobro emitida por SUPERBID al efecto. El pago deberá acreditarse, dentro del plazo, mediante el envío a SUPERBID de los comprobantes respectivos. La omisión en el envío de los comprobantes se entenderá como incumplimiento de pago. El cumplimiento en el pago debe ser sobre el total del precio de venta, en ningún caso se aceptará el pago parcial.
3. La factura de venta de los lotes subastados será siempre emitida por el VENDEDOR única y exclusivamente a nombre del ADQUIRENTE y entregada una vez los bienes sean retirados.
OCTAVA.- RETIRO DE LOS BIENES.
1. Para el retiro de los bienes el ADQUIRENTE deberá acreditar previamente el pago total del valor del lote, la comisión y de los costos administrativos.
2. El ADQUIRENTE deberá coordinar con SUPERBID la fecha de retiro en el lugar y bajo las condiciones señaladas por el VENDEDOR.
3. Es obligación del ADQUIRENTE retirar a su cargo y costo los bienes dentro de los plazos y condiciones fijadas por el VENDEDOR.
4. Es responsabilidad del ADQUIRENTE verificar que los bienes que se le entreguen correspondan a aquellos adquiridos en el proceso de la subasta. El retiro de bienes adicionales deberá pagarse al mismo precio ofertado de manera inmediata.
8. EL ADQUIRENTE al momento del retiro deberá dejar constancia escrita de la fecha y condiciones del retiro remitido a SUPERBID y/o de las razones que le puedan haber impedido realizar el retiro. Cualquier divergencia sobre las condiciones de los bienes, deberá ser informada por escrito al VENDEDOR en el momento del retiro, el cual quedará suspendido y sujeto a la aclaración y respuesta de las eventuales dudas existentes. Luego del retiro de los lotes por parte del ADQUIRENTE, éste no podrá alegar irregularidades o inconformidad alguna.
9. Al momento mismo del retiro de los bienes subastados, el ADQUIRENTE deberá suprimir, a su cuenta y riesgo, cualquier identificación, marca o rasgo distintivo que los asocie con el VENDEDOR, salvo imposibilidad de retirarla sin detrimento del bien.
10. Si el bien adquirido por el ADQUIRENTE no tiene Manifiesto de Importación o algún otro documento requerido para su retiro, transporte u operación, estos procesos se realizarán a cuenta y riesgo del ADQUIRENTE.
11. En caso de que en la subasta sean vendidos vehículos, el ADQUIRENTE se compromete a seguir las instrucciones de retiro y traspaso establecidas en el anexo correspondiente que hace parte integral de las presentes condiciones.
NOVENA.- DESISTIMIENTO Y SANCIONES
A. EL OFERTANTE y/o ADQUIRENTE que haya incumplido las condiciones generales de la subasta no será admitido en nuevas subastas y su registro será cancelado junto con todos aquellos que se identifiquen como vinculados a él. Lo anterior en ningún caso dará lugar a una indemnización a su favor.
B. Si el ADQUIRENTE no realiza el pago total del precio de los lotes en los términos previstos al efecto, deberá pagar a SUPERBID una penalidad del 20% sobre el valor de venta de los lotes adjudicados. Las sumas que se causen por concepto de penalidad podrán ser descontadas por SUPERBID de las sumas entregadas a título de garantía.
E. En el caso mencionado, si el OFERTANTE comprara directamente del VENDEDOR cualquiera de los bienes ofertados en la subasta, dentro de los 6 meses siguientes al cierre de la misma, deberá pagar a SUPERBID, tres (3) veces el valor de la comisión pactada en el presente documento.
F. Para el pago de cualquier sanción o penalidad el ADQUIRENTE autoriza a SUPERBID a retener dicho valor de las sumas entregadas como garantía y de cualquier otro abono por cualquier concepto que haya realizado a SUPERBID. Si el valor retenido no cubre el valor de la penalidad, el ADQUIRENTE deberá consignar el valor faltante de manera inmediata a la cuenta que SUPERBID le indique.
DECIMA..- MERITO EJECUTIVO.
El presente contrato presta mérito ejecutivo, sin necesidad de previo requerimiento, para el cobro de los costos administrativos, la garantía, penalidad, sanciones y/o de la comisión a que tiene derecho SUPERBID en las condiciones aquí establecidas cuando el OFERTANTE se niegue a pagarlas
DECIMA PRIMERA.- CLÁUSULA COMPROMISORIA.
Cualquier conflicto que se presentare con motivo de la celebración, ejecución o terminación del presente contrato, será solucionado de manera directa entre las partes. Si transcurridos treinta (30) días a partir de aquel en que el conflicto fue planteado por una de las partes a la otra y el mismo no se hubiere solucionado, las mismas procederán a nombrar un tercero como amigable componedor con el objeto de que éste sea quien solucione la controversia. Si transcurridos treinta (30) días a partir de que el tercero amigable componedor conozca del conflicto y el mismo no se hubiere solucionado, las partes decidirán entre prorrogar el término para que el tercero lo solucione o, acudirán a un Tribunal de Arbitramento, que será designado por la Cámara de Comercio de Bogotá y que se sujetará a lo dispuesto por la ley colombiana, de acuerdo con las siguientes reglas: a) El Tribunal estará integrado por un árbitro; b) La organización interna del Tribunal se sujetará a las reglas previstas para el efecto por el Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantiles de la Cámara de Comercio de Bogotá; c) El Fallo del Tribunal será en derecho; d) El Tribunal sesionará en Bogotá, República de Colombia, en el Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantiles de la Cámara de Comercio de Bogotá.
DECIMA SEGUNDA.- DOMICILIO
Para todos los efectos legales se acuerda como domicilio contractual la ciudad de Bogotá.
DECIMA TERCERA.- AUTORIZACIONES
1. EL OFERTANTE consiente de manera expresa e inequívoca la incorporación de sus datos en la base de datos de SUPERBID. El titular podrá, en cualquier momento, ejercitar su derecho de acceso, oposición, rectificación o cancelación de sus datos personales mediante escrito enviado al siguiente email: [email protected]
2. EL OFERTANTE autoriza a SUPERBID a compartir sus datos con el vendedor para coordinar las visitas y formalizar el contrato de compraventa.
3. EL OFERTANTE en todo caso se obliga a contar y proveer las autorizaciones de terceros que participen en los procesos de visita, compra y/ o retiro.
4. EL OFERTANTE autoriza expresamente a SUPERBID, a sus socios o a quien represente sus derechos o en el futuro ostente cualquier título en calidad de acreedor, a consultar, solicitar, suministrar, reportar, procesar y divulgar toda la información que se refiere a su comportamiento crediticio, financiero y comercial, cuantas veces se requiera, por sus transacciones comerciales que realice con Superbid, a las Centrales de Riesgo; y a Entidades Financieras de Colombia, que presten el mismo servicio o a quien represente sus derechos. El OFERTANTE declara que conoce que el alcance de esta autorización implica que el comportamiento frente a sus obligaciones será registrado con el objeto de suministrar información suficiente y adecuada al mercado sobre el estado de sus obligaciones financieras, comerciales, crediticias y de servicios. Autoriza además que si en el futuro, SUPERBID efectúe, a favor de un tercero, una venta de cartera o una cesión a cualquier título de las obligaciones a su cargo, los efectos de la presente autorización se extenderán a éste en los mismos términos y condiciones.
DECIMA CUARTA.- NOTIFICACIONES.- EL OFERTANTE acepta desde ya que el correo electrónico que designa será el medio fehaciente para realizar válidamente todas las comunicaciones y notificaciones pertinentes.
Declaro que he leído las Condiciones General Subastas Gestionadas por Superbid Colombia S.A.S., aquí consignadas, así como los anexos que hacen parte integral de la misma y declaro mi conformidad y aceptación.
Las declaraciones, autorizaciones y condiciones generales aquí aceptadas aplicarán en todas mis transacciones o relaciones con SUPERBID, presentes y futuras.
Acepto:
________________________________________________
Firma y huella índice derecho
Nombre:
Cedula:
Teléfono:
Dirección:
Correo electrónico:
Cuenta bancaria # _____________________________ corriente_____ ahorros_____
Entidad bancaria: ________________________________
Para completar los requisitos de participación para la subasta, debe hacer llegar a más tardar el día anterior a la subasta, la presente hoja, diligenciada y firmada. También deberá remitir copia de la presente hoja al correo [email protected].
Nota: Tenga en cuenta que toda comunicación debe provenir del email registrado a su nombre en el Portal de Superbid y en este documento.
Anexo
PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO Y TRASPASO DE VEHICULOS
A. La ejecución del trámite del traspaso estará a cargo de:
· EL COMITENTE
Para lo cual tanto el OFERTANTE ADQUIRENTE se compromete a entregar a SUPERBID los documentos respectivos (anexo 1) junto y en el mismo término de los comprobantes de pago.
B. Todos los gastos correspondientes al trámite de traspaso correrán por partes iguales entre el OFERTANTE ADQUIRENTE y EL COMITENTE. El OFERTANTE ADQUIRENTE asumirá el valor no causado a la fecha del traspaso del SOAT y del impuesto del vehículo del año en curso, en proporción a la vigencia de los mismos. El OFERTANTE ADQUIRENTE deberá consignar el valor correspondiente, en la cuenta que SUPERBID indique y deberá colocar como referencia en la consignación el número de la placa del vehículo respectivo. El pago y los comprobantes deben ser enviados en los términos definidos.
C. Una vez obtenida la licencia de tránsito (tarjeta de propiedad), SUPERBID coordinará con el OFERTANTE ADQUIRENTE la cita de entrega del vehículo correspondiente.
D. Si el vehículo no es retirado en el plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del aviso de entrega, se cobrará al OFERTANTE ADQUIRENTE la suma de $15.000 diarios por concepto de parqueo. Pasado un período de quince (15) días hábiles, el cobro de parqueadero diario será de $100.000. La entrega del vehículo no se efectuará hasta tanto sean pagados los días de parqueo causados.
E. En el acto del retiro del vehículo, el OFERTANTE ADQUIRENTE deberá recibirlo en las condiciones en que estuviere en cuanto a su naturaleza, cantidad, y estado. Cualquier divergencia, deberá ser informada por escrito al COMITENTE en el momento de retiro del vehículo, quedando suspendido el retiro del mismo hasta que queden solucionadas las eventuales dudas existentes. Luego del retiro del vehículo por parte del OFERTANTE ADQUIRENTE, éste no podrá formular reclamación por ningún concepto.
F. En el retiro del vehículo por parte del OFERTANTE ADQUIRENTE, este deberá respetar y cumplir todas las normas internas de seguridad establecidas por el COMITENTE en lo que se refiere a la utilización de herramientas y transporte apropiados, personal idóneo debidamente identificado (con cédula y autorización escrita por parte del OFERTANTE ADQUIRENTE, cuando se trate de un tercero que lo representa), y portando todos los equipamientos obligatorios de seguridad establecidos por la legislación en vigor y por las normas internas del COMITENTE (en caso de encontrarse en zona industrial debe llevar casco, botas, gafas, mascarilla, pantalón y camisa de manga larga), debiendo dichos elementos, medios de transporte o carga, personal y terceros encontrarse debidamente asegurados contra todo riesgo, quedando eximido el COMITENTE de toda responsabilidad por accidentes que afecten a personal y/o vehículos del OFERTANTE ADQUIRENTE y/o terceros con motivo de las operaciones de ingreso y/o carga y/o retiro del vehículo. EL OFERTANTE ADQUIRENTE será responsable por todos los daños que ocasione dentro de las instalaciones del COMITENTE.
G. El OFERTANTE ADQUIRENTE deberá suprimir/ descaracterizar cualquier identificación del COMITENTE que conste o figure en el vehículo. Este procedimiento se realizará por su cuenta y riesgo.
H. Será responsabilidad del OFERTANTE ADQUIRENTE, organizar y llevar a cabo la logística requerida para el retiro adecuado del vehículo. Esto incluye, pero no limita, todo los equipos, herramientas, vehículos y personal capacitado que se requiera para el desmontaje, cargue, remolque, transporte o cualquier actividad relacionada y requerida para el retiro exitoso.
I. Correrán por cuenta del OFERTANTE ADQUIRENTE, incluyendo pero no limitándose, todos los impuestos y/o tasas y/o contribuciones y/o gastos, que ocasione el remolque y/o cargue y/o transporte del vehículo.
J. El vehículo solo podrá ser retirado contra la presentación de la tarjeta de propiedad a nombre del OFERTANTE ADQUIRENTE como prueba de la realización del traspaso.
K. El OFERTANTE ADQUIRENTE debe estar registrado en el RUNT y debe presentar el certificado correspondiente que así lo acredite.
LISTADO DE DOCUMENTOS Y REQUERIMIENTOS PARA EL TRASPASO DE VEHICULOS
DOCUMENTOS QUE DEBE ENTREGAR EL ADQUIRENTE
· Fotocopia de la cedula (del representante legal si es empresa).
· Certificado de Existencia y Representación si es empresa. (expedición no mayor a 30 días).
PARA VEHICULOS DE SERVICIO PÚBLICO Y CARGA (además de los anteriores)
· Constancia de la afiliación a una empresa de servicio público...
· Paz y Salvo de la empresa a la cual este afiliado
· Contrato de cesión de derechos (lo da la empresa de transporte de transporte)
.
1. Imprima los documentos adjuntos en el correo de liquidación de cobro, diligencie y firme con huella según sea el caso. Envíelos a Superbid dentro de los dos días hábiles siguientes al envío de la liquidación de cobro:
LISTADO DE DOCUMENTOS Y REQUERIMIENTOS PARA EL TRASPASO DE VEHICULOS
· Formato de solicitud de trámite de traspaso FTRUNT: diligenciar únicamente el numeral 22 (datos del comprador traspaso), firmar y colocar huella, enviar dos (2) originales por cada vehículo.
· Contrato promesa de compraventa de Vehículos: firmar y colocar huella en los espacios donde dice comprador. En el contrato de adjuntan 2 anexos por favor enviar firmado el anexo 3 con huella y adjuntar el anexo 1.En la cláusula sexta diligenciar los datos del taller, enviar dos (2) originales por cada vehículo.
· Consignación original: anexe la consignación original del pago del (los) lote (s)
· Formato SIPLA: Diligenciar completamente, firmar y colocar huella. Enviar 2 formatos en blanco.
· Contrato de Mandato Poder: Firmar y colocar huella en el espacio del mandante (únicamente), enviar un (1) original por cada vehículo.
· Si su vehículo está matriculado en tránsitos diferentes a Bogotá, Medellín o Cali, por favor autenticar el contrato de mandato poder y el contrato de promesa de compraventa.
2. Anexe los siguientes Documentos:
PERSONAL NATURAL: |
PERSONA JURÍDICA: |
Copia legible de su documento de identidad. |
Copia legible del documento de identidad del representante legal |
Copia legible de su RUT actualizado (no inferior al año 2013) |
Copia legible del RUT de la empresa |
Copia legible del certificado de Cámara y Comercio con fecha de expedición menos a 30 días |
|
La última hoja del contrato escaneada con los datos solicitados firma y huella |
La última hoja del contrato escaneada con los datos solicitados firma y huella |
· Si su domicilio en Medellín, favor hacer llegar los documentos a la Carrera 25 # 1a sur 155 oficina 1256 Edificio Platinum. Tel: 7438088 ext. 701.
· Si su domicilio es Bogotá favor hacerlos llegar a la Carrera 11 # 23-53 oficina 204. Tel: 7438088 opción 4.
· Si su domicilio esta fuera de Medellín o Bogotá, favor enviar los documentos solicitados en original via correo físico a nuestra oficina en Medellín.
IMPORTANTE:
Recuerde que usted deberá realizar todos los trámites de traspaso ante el tránsito, obtener la tarjeta de propiedad y retirar los salvamentos adquiridos, en un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde el día en que Superbid le haya devuelto los documentos requeridos para el trámite de traspaso, de lo contrario se aplicarán las sanciones contempladas en el Contrato de Oferta y Pago de la subasta.
Envíe la documentación completa a más tardar 2 días después de recibir la liquidación de cobro. En caso de no enviar la documentación en el plazo establecido, perderá el derecho de compra con las sanciones establecidas en el Contrato de Oferta y Pago de la subasta.
Anexo 2. CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO DEL COMITENTE
Vendedor: SEGUROS GENERALES SURAMERICANA S.A. NIT. 890.903.407 - 9
Comprador (es):
Cédula de ciudadanía No / NIT:
Domicilio Comprador (es:
Teléfono Comprador (es):
Domicilio contractual: MEDELLÍN
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: EL VENDEDOR transfiere a título de venta a el (los) COMPRADOR (es), y este (os) adquiere (n) de aquel, la propiedad del vehículo automotor (Salvamento), cuyas características se relacionan a continuación:
PLACAS MARCA
TIPO MODELO
SERVICIO CILINDRAJE
MOTOR CHASIS
SERIAL
SINIESTRO COLOR
SEGUNDA.- PRECIO: El precio del vehículo automotor (salvamento) anteriormente descrito es XXXXXXXXXXXXXXXMIL PESOS M.L.
($)XXXXXXXXXXXXXXX.
TERCERA.- FORMA DE PAGO: EL COMPRADOR se compromete a pagar al VENDEDOR, el precio a que se refiere la cláusula anterior, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha en que es informado sobre la asignación del vehículo (salvamento), de la siguiente forma: RECAUDO EN EFECTIVO CUENTA CORRIENTE DE BANCOLOMBIA N ° 006.008.764-31, EL DIA xxx DE xxxx DE xxx, POR UN VALOR TOTAL DE $ xxxxxxx CORRESPONDIENTE A: COMPRA DE SALVAMENTO POR VALOR DE $xxxxxxxx MAS GASTOS DE TRASPASO POR VALOR DE $ xxxxxxxx
PARÁGRAFO: Si el precio objeto del presente contrato no es pagado dentro del plazo establecido por parte del VENDEDOR, la compañía podrá reasignarlo según su conveniencia.
No estará obligado el VENDEDOR ni a la entrega material, ni a efectuar los trámites del traspaso del vehículo en mención hasta tanto no verifique el pago efectivo de la totalidad precio dentro del plazo y en los términos pactados.
Parágrafo: Las partes coinciden plenamente en la identificación y estado actual del bien al que se hace referencia el cual ha sido inspeccionado de forma detallada, profesional y previa por el COMPRADOR. Establecen las partes expresamente que no habrá lugar al saneamiento por parte del VENDEDOR ni por evicción ni por vicios redhibitorios, lo que expresamente excluye la posibilidad de incoar en su contra acción en tal sentido, así como tampoco podrá incoarse la acción de rebaja del precio (quanti minoris), indemnización de perjuicios y/o rescisoria.
CUARTA.- OBLIGACIONES DEL VENDEDOR: EL VENDEDOR hace entrega del bien objeto de la venta, en el estado físico y jurídico en que se encuentra en la ciudad de MEDELLÍN , libre de gravámenes, embargos, multas o cualquier otra limitación de tipo legal que afecte el libre comercio del bien objeto del presente contrato. Igualmente el vendedor se encargará de realizar las gestiones de traspaso ante la autoridad de tránsito correspondiente, cuyo costo será sufragado por partes iguales entre COMPRADOR y VENDEDOR. El pago de los impuestos se hará proporcionalmente, asumiendo el COMPRADOR el valor de los impuestos, a partir de la fecha de la notificación de la asignación del vehículo realizada por el VENDEDOR, de acuerdo con el valor establecido en la cláusula segunda.
PARÁGRAFO UNO: Si el vehículo no posee Seguro Obligatorio vigente, este deberá ser asumido por el COMPRADOR y proporcionado por SEGUROS GENERALES SURAMERICANA S.A., quien suministrará al COMPRADOR el certificado de SOAT para efectos de poder cumplir con la obligación del traspaso. Esta circunstancia se debe informar al COMPRADOR al momento de la firma del presente contrato.
PARÁGRAFO DOS: La demora en las diligencias de traspaso ante las autoridades de transito, que no sean imputables al vendedor, no generará para las partes, comprador y vendedor, el derecho a desistir del presente contrato, a menos que así lo estipulen de común acuerdo.
PARÁGRAFO CUATRO: A partir de la fecha del presente contrato, cesa para el VENDEDOR y queda a cargo del COMPRADOR el cumplimiento de toda obligación que se origine con el vehículo (salvamento) objeto de la venta, con ocasión de su uso y goce, tales como multas, impuestos, entre otras obligaciones. Igualmente EL COMPRADOR declara que ha recibido a entera satisfacción, el vehículo y a partir de la fecha asume toda la responsabilidad por daños y perjuicios patrimoniales (daño emergente y lucro cesante) y extra patrimoniales, que él u otra persona que autorice conducir el vehículo, a terceros en sus bienes o personas. De esta forma queda exonerado SEGUROS GENERALES SURAMERICANA S.A. y SERVICIOS GENERALES SURAMERICANA S.A.S, de cualquier responsabilidad que pueda derivarse del uso, manejo, utilización y disposición del vehículo antes descrito y asume el pago de comparendos y/o retención del vehículo ocasionados por transitar en el territorio colombiano con fotocopia de la matricula a nombre de SEGUROS GENERALES SURAMERICANA S.A..
QUINTA.- OBLIGACIONES DEL COMPRADOR: 1) BUEN USO: El COMPRADOR se compromete a dar buen uso del vehículo y respetar todas las normas legales establecida y vigentes en Colombia, exonerando a SURAMERICANA DE SEGURSOS de cualquier responsabilidad por uso indebido o fraudulento de los bienes adquiridos. 2) REPARACIÓN. El COMPRADOR suministrará al VENDEDOR, la dirección del taller donde reparará el vehículo (salvamento) objeto de este contrato, comprometiéndose además a utilizar repuestos de procedencia legal, y el vendedor podrá realizar visitas periódicas para hacer seguimiento al proceso de reparación. Si el COMPRADOR decide cambiar de taller, deberá notificarlo por escrito al VENDEDOR. La omisión de alguna de estas obligaciones, se entenderá como incumplimiento del presente contrato con las consecuencias propias establecidas por la ley. 2)
· Nombre del taller:
· Dirección del taller:
· Teléfono del taller:
PARAGRAFO: La reventa del vehículo (salvamento) por parte del COMPRADOR antes de ser reparado y encontrándose la matricula a nombre de la compañía, no está permitida. El incumplimiento de la presente estipulación dará lugar a que el VENDEDOR le cancele el registro de oferente, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar.
NOTA: El salvamento de venta directa es un riesgo consultable al momento de solicitar el seguro de automóviles con la compañía SEGUROS GENERALES SURAMERICANA S.A., por tal motivo la venta del seguro para este vehículo quedará sujeta a que el mismo apruebe la inspección de asegurabilidad y demás requisitos que la Aseguradora estime convenientes.
SEXTA.- Las partes establecen como sanción pecuniaria a cargo de quien incumpla una cualquiera de las estipulaciones derivadas de éste acto jurídico, la suma del 10% del valor del contrato equivalente a MIL PESOS M.L. $ M.L
Se firma en señal de aceptación por las partes en MEDELLÍN, a los xxx días del mes de xxxxxx de 201x.
EL VENDEDOR
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C.C. _________________ de ____________
Apoderado Especial
SEGUROS GENERALES SURAMERICANA S.A.
EL COMPRADOR
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C.C. ____________ de ____________