CONDICIONES DE OFERTA Y PAGO DE SUBASTAS DE VEHÍCULOS A REALIZAR POR SUPERBID (SUBASTA CON ARRAS)
EMPRESA VENDEDORA: GMAC Financiera de Colombia S.A.
FECHA Y HORA CIERRE SUBASTA: 23 de Agosto de 2013 a las 10:00 A.M.
Portal Superbid: www.superbid.com.co
Entre los abajo firmantes se definen las condiciones por medio de las cuales ELOFERTANTE acepta participar en las subastas divulgadas en el PORTAL SUPERBIDwww.superbid.com.co, por parte de SUPERBID COLOMBIA S.A.S, en adelante SUPERBID.
OBJETO: El presente acuerdo tiene por objeto la subasta que realiza SUPERBID como intermediario y la posterior adjudicación de los activos propiedad del vendedor, en adelante EL COMITENTE al mejor postor, en adelante EL OFERTANTE en las condiciones y términos que se detallan a continuación:
PRIMERO. ACEPTACIONES EXPRESAS.
A. EL OFERTANTE manifiesta cumplir con los requisitos de ley para suscribir el presente contrato. Así mismo declara que CONOCE Y ACEPTA que los VEHÍCULOS objeto de la oferta serán subastados por SUPERBID por cuenta y orden del COMITENTE en el estado en que se encuentran, sin garantía y al mejor postor. Así mismo manifiesta que ha leído y acepta las condiciones especificadas en el PORTAL SUPERBID y todas las condiciones mencionadas en el presente documento.
B. El OFERTANTE declara tener total conocimiento de estas “CONDICIONES DE OFERTA Y PAGO DE SUBASTA”, liberando a SUPERBID y al COMITENTE por eventuales vicios existentes en los bienes adquiridos, toda vez que los bienes se venden en el estado en que se encuentran. No serán aceptados reclamos o desistimientos después de la subasta.
C. El OFERTANTE declara ser conocedor de las normas que aplican a los VEHÍCULOS en Colombia y garantiza el cumplimiento de todos los requerimientos exigidos por las entidades de transito competentes, eximiendo a SUPERBID y al COMITENTE de toda responsabilidad al respecto. SUPERBID se reserva el derecho de exigir los documentos que certifiquen lo anterior, en cualquier momento del proceso de venta. El desconocimiento de las normas vigentes, no es causal para desistimiento por parte del oferente, por lo tanto se entenderá como incumplimiento del contrato de oferta y pago y se aplicaran con rigor las clausulas estipuladas.
D. El OFERTANTE que adquiera vehículos blindados con blindaje III o mayor deberán conocer los requerimientos solicitados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, para la tenencia de vehículos blindados y garantiza cumplir con dichos requerimientos.
E. Es responsabilidad del OFERTANTE cerciorarse del estado y condición en que se encuentren los vehículos mediante la inspección previa de los mismos
F. SUPERBID y/o el PORTAL SUPERBID no serán responsables por la veracidad de las afirmaciones que sobre los activos haga el COMITENTE, ni sobre las ofertas que realicen los ofertantes. Los datos publicados en el PORTAL SUPERBID, no constituyen un avalúo de los bienes por parte de SUPERBID, conforme a lo queda eximido de toda responsabilidad al respecto.
G. En ningún momento SUPERBID o el PORTAL será responsable por la calidad de los bienes ofrecidos, ni se hace responsable por pérdidas totales o parciales de los bienes, sin importar que ocurran dentro de los tiempos de la subasta, o en la entrega de los mismos. Tampoco responde por la veracidad de las afirmaciones que sobre los bienes haga EL COMITENTE, ni sobre las ofertas que realicen los OFERTANTES. La obligación de SUPERBID es de medio y no de resultado.
H. El descubrimiento posterior de cualquier tipo de violación a derechos (Incluyendo, pero no limitándose a derechos de dominio, de propiedad intelectual, etc.) en cabeza de terceros, por parte del COMITENTE, no hará responsable a SUPERBID de ningún tipo de indemnización a las personas que resulten perjudicadas, toda vez que la veracidad de la información suministrada y la obligación de respetar los derechos mencionados en el párrafo anterior recae exclusivamente sobre el COMITENTE, fungiendo SUPERBID única y exclusivamente como un portal de comercialización y subasta de los bienes.
I. Los medios electrónicos cuentan con el aval legal como forma de aceptación de los contratos y como medio de prueba a tales efectos dentro de la legislación vigente en Colombia y en particular en lo que refiere al comercio electrónico regulado en la Ley 527 de 1999; por lo tanto, la aceptación electrónica de este contrato conforma la suscripción del mismo y la aceptación de compromisos legales por parte del OFERTANTE una vez éste realiza el proceso de habilitación, por medio del cual realizará las correspondientes ofertas dentro de la subasta. Así, se entiende que todo usuario habilitado para ofertar, realice o no dichas ofertas, ha aceptado plenamente y declara conocer todas las condiciones de éste documento y lo asume como un compromiso contractual.
J. EL COMITENTE se reserva el derecho de aprobar o no la participación de un OFERTANTE, de acuerdo con sus políticas internas y sistemas de seguridad. El OFERTANTE que no pase los filtros de seguridad requeridos por EL COMITENTE no tendrá derecho a ningún tipo de reclamación y será excluido de la subasta.
K. EL OFERTANTE deberá diligenciar y remitir el Formato de EL COMITENTE que se adjunta como anexo, el cual hace parte integral del presente contrato. En caso de que la información suministrada en dicho formulario por EL OFERTANTE no sea clara, suficiente y/o idónea, EL COMITENTE podrá rechazar la oferta y abstenerse de celebrar el contrato de compraventa con EL OFERTANTE, lo cual no dará lugar a ningún tipo de indemnización.
SEGUNDO. BIENES OBJETO DE SUBASTA.
A. Las fotos y descripciones de los VEHICULOS a ser subastados estarán disponibles en el PORTAL SUPERBID y son meramente ilustrativas, no actuando como parámetro para demostrar el estado de los bienes.
B. Sin perjuicio de la exposición virtual por esa vía, los VEHICULOS podrán ser examinados por los interesados, que a ese fin, deberán previamente entrar en contacto con SUPERBID a través de un teléfono suministrado en el portal de internet, para acordar la cita para la realización de la exhibición correspondiente y en común acuerdo con EL COMITENTE. Las personas que realicen la inspección de los VEHICULOS deberán aceptar y cumplir todas las normas y procedimientos de seguridad del COMITENTE.
TERCERO. ARRAS
A. EL OFERTANTE deberá presentar, a más tardar el día antes del acto de la subasta, una garantía a título de arras, equivalente al 20% del valor inicial del lote a ofertar reseñado en el PORTAL SUPERBID. Estas arras fungen como indemnización anticipada de perjuicios.
B. El pago de las arras se hará mediante transferencia electrónica o mediante depósito bancario en la cuenta de SUPERBID: Cuenta Corriente Bancolombia No. 304-648978-97, o mediante cheque de gerencia a nombre del COMITENTE, entregado en las oficinas de SUPERBID, conforme a la información proporcionada porSUPERBID.
C. En caso de que EL OFERTANTE sea adjudicatario del lote, las arras entregadas como garantía serán abonadas como parte del precio final a pagar.
D. En el caso de que EL OFERTANTE no resulte adjudicatario, SUPERBID devolverá las arras descontando el impuesto bancario del 4x1000, cuando estas se hayan cancelado mediante depósito bancario, o hará la devolución al OFERTANTE del cheque de gerencia correspondiente.
E. Una vez terminada la subasta, si el adjudicatario del lote desiste de su oferta, perderá las arras entregadas en garantía.
CUARTO. PROCEDIMIENTO PARA OFERTAR.
A. Las ofertas pueden ser formuladas a través del PORTAL SUPERBID, o de viva voz (presencial), en igualdad de condiciones.
B. EL OFERTANTE podrá realizar más de una oferta para un mismo bien, prevaleciendo siempre la mayor oferta efectuada.
C. Los lotes tendrán horario previsto de cierre (reloj disponible en la sección de la pantalla del portal), siendo que, en caso que el martillero reciba alguna oferta en los últimos tres (3) minutos del cierre del lote, el cronómetro se retrotraerá a tres (3) minutos del cierre del lote y así sucesivamente a cada oferta efectuada en los últimos tres (3) minutos, para que todos los usuarios interesados tengan la oportunidad de efectuar nuevas ofertas.
D. SUPERBID podrá, a juicio propio, conciliar (sincronizar) el horario previsto para el cierre de lotes con características iguales o similares, respetando siempre la regla mencionada en el párrafo anterior.
E. SUPERBID También podrá bloquear en el PORTAL SUPERBID a cualquier OFERTANTE y/o usuario del sistema que incumpla las condiciones de este acuerdo y las demás reseñadas en la web.
F. SUPERBID, a su exclusiva discreción, podrá cancelar cualquier oferta de compra, cuando no sea posible autenticar la identidad del OFERTANTE, cuando EL COMITENTE así lo exija y/o cuando no se han cumplido las condiciones establecidas en las presentes CONDICIONES DE OFERTA Y PAGO
G. EL OFERTANTE podrá programar “ofertas automáticas”, de forma que, si un competidor interesado supera la oferta hecha por él, el sistema automáticamente generará una contra-oferta a favor del ofertante que haya activado dicha opción de “oferta automática”, las ofertas serán realizadas con un incremento fijo y pre-determinado hasta un límite máximo definido por el ofertante, con el objetivo de que él mismo tenga certeza, de que él tendrá la oferta ganadora hasta el valor máximo definido por él. Las ofertas automáticas quedarán registradas en el sistema con la fecha para la que fueron programadas.
H. El valor atribuido para cada oferta como “valor inicial de oferta” o “valor de apertura”, será un valor referencial fijado previamente por SUPERBID, que no equivale al valor mínimo de venta definido por el COMITENTE, por lo cual no obliga a éste a aceptar la oferta efectuada sobre el mismo.
QUINTO. OFERTAS CONDICIONALES.
A. Cuando la mayor oferta no alcance al precio mínimo de venta del activo definido por el COMITENTE, SUPERBID presentará dichas ofertas al COMITENTE, para su debida aprobación, quedando suspendida la adjudicación hasta tanto medie la aprobación del COMITENTE.
B. El COMITENTE tiene un plazo de 7 (siete) días hábiles contados desde la fecha de realización de la subasta, para aprobar o rechazar estas ofertas. Durante este tiempo el OFERTANTE no podrá desistir de la oferta.
C. En caso de que el OFERTANTE se retracte de la oferta efectuada, dentro de ese período de siete (7) días hábiles, el OFERTANTE estará obligado a pagar el valor equivalente al veinte por ciento (20%) de la oferta efectuada o a perder las arras entregadas en garantía (cuando haya lugar a ello). El OFERTANTE que se retracte no será admitido nuevamente en ninguna subasta divulgada por en el PORTALSUPERBID.
D. Una vez aprobada la oferta por el COMITENTE dentro de ese plazo, EL OFERTANTE comprador estará obligado al pago del precio del activo adjudicado y de la comisión de SUPERBID. En caso que el COMITENTE no apruebe el valor ofrecido, la oferta será ignorada, dejando libre de responsabilidad de pago al OFERTANTE y ninguna de las partes podrá formular reclamo alguno.
SEXTO. COMISIÓN DE SUPERBID.
El OFERTANTE ganador, que se entenderá como ADQUIRENTE de los bienes se compromete a pagar a SUPERBID una comisión del 6% (seis por ciento) más IVA sobre el valor del bien subastado. El ADQUIRENTE sabe y acepta que la comisión debida a SUPERBID, no se encuentra incluida en el valor de la oferta y se compromete a consignar el valor correspondiente a dicha comisión durante los tres días hábiles siguientes a la fecha de cierre de la subasta, en la cuenta que SUPERBID le indique oportunamente.
Adicionalmente, el ADQUIRENTE deberá pagar una tasa de administración, de cien mil pesos m/cte ($100.000) por lote adjudicado, para lotes de valor igual o superior a dos millones de pesos m/cte ($2.000.000)
SEPTIMO. FORMA DE PAGO.
A. El precio del bien subastado deberá ser cancelado al COMITENTE, a la cuenta que él indique con anticipación. El ADQUIRENTE deberá efectuar estos pagos, en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes al cierre de la subasta/fecha de liberación de la oferta condicional, de acuerdo con las instrucciones de pago dadas por Superbid previamente.
B. EL ADQUIRENTE deberá enviar correo electrónico [email protected], los comprobantes de pago del precio del bien subastado y de la comisión de SUPERBID, para la emisión de las correspondientes facturas.
C. En la consignación que haga el OFERTANTE ADQUIRENTE de estos gastos, deberá colocar como referencia el número de la placa del vehículo respectivo.
D. El nombre de quien consigna debe ser el mismo del OFERTANTE ADQUIRENTE
E. La factura de venta de los vehículos subastados y la factura por la comisión a SUPERBID serán siempre emitidas a nombre del ADQUIRENTE y entregadas una vez los bienes subastados sean retirados
OCTAVO. RETIRO Y ENTREGA DE LOS BIENES.
A. Una vez realizado y verificado el pago total del bien vendido y de la comisión de SUPERBID, el OFERTANTE ADQUIRENTE deberá iniciar de manera inmediata el trámite de traspaso de propiedad del (los) vehículos, para lo cual el COMITENTE y el OFERTANTE ADQUIRENTE deberán entregar los documentos relacionados en el anexo 1 de este contrato.
B. La ejecución del trámite del traspaso estará a cargo de:
Para lo cual tanto el OFERTANTE ADQUIRENTE se comprometen a entregarle a SUPERBID los documentos respectivos (anexo 1) durante los 3 días hábiles siguientes a la confirmación del pago.
C. Todos los gastos correspondientes al trámite de traspaso correrán por partes iguales entre el OFERTANTE ADQUIRENTE y EL COMITENTE. Frente al SOAT y al impuesto de vehículo del último año, el OFERTANTE ADQUIRENTE asumirá el valor no causado a la fecha del traspaso, liquidado con base en los montos previamente pagados por EL COMITENTE. El OFERTANTE ADQUIRENTE deberá consignar el valor correspondiente, a ser informado por SUPERBID, en la cuenta que EL COMITENTE indique y deberá colocar como referencia en la consignación el número de la placa del vehículo respectivo.
D. Se estima un plazo máximo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de la entrega de documentos, para obtener la licencia de tránsito (tarjeta de propiedad) a nombre del OFERTANTE ADQUIRENTE. Una vez obtenido este documento, el OFERTANTE ADQUIRENTE deberá coordinar una cita a través de SUPERBID, y en el sitio definido por EL COMITENTE, para el retiro del (los) vehículo(s).
E. Si los VEHICULOS indicados en el párrafo anterior no son retirados en el plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir del pago efectivo del (os) vehículo (s) la fecha de entrega de documentos, se cobrará a los ADQUIRENTES por el parqueo de los vehículos, $50.000 por día. Pasado un período de treinta (30) días hábiles a contar de la fecha del pago efectivo de los vehículos, el cobro de parqueadero diario subirá a $100.000.
F. En el acto del retiro de los vehículos, el ADQUIRENTE deberá recibirlos en las condiciones en que estuvieren en cuanto a su naturaleza, cantidad, y estado. Cualquier divergencia, deberá ser informada por escrito a la COMITENTE en el momento de retiro de los bienes, quedando el retiro de los vehículos suspendido y sujeto a que queden solucionadas las eventuales dudas existentes. Luego del retiro de los vehículos subastados por parte del OFERTANTE ADQUIRENTE, éste no podrá por ningún concepto alegar irregularidades y/o divergencias.
G. En el retiro de los vehículos por parte del OFERTANTE ADQUIRENTE, este deberá respetar y cumplir todas las normas internas de seguridad establecidas por el COMITENTE en lo que se refiere a la utilización de herramientas y transporte apropiados, personal debidamente identificado (con cedula y con autorización por parte del OFERTANTE ADQUIRENTE, cuando se trate de un tercero que lo representa), y portando todos los equipamientos obligatorios de seguridad establecidos por la legislación en vigor y por las normas internas del COMITENTE (en caso de encontrarse en zona industrial debe llevar casco, botas, gafas, mascarilla, pantalón y camisa de manga larga), debiendo dichos elementos, medios de transporte o carga, personal y terceros encontrarse debidamente asegurados contra todo riesgo, quedando eximido el COMITENTE de toda responsabilidad por accidentes que afecten a personal y/o vehículos del OFERTANTE ADQUIRENTE y/o terceros con motivo de las operaciones de ingreso y/o carga y/o retiro de los bienes subastados. EL OFERTANTE ADQUIRENTE será responsable por todos los daños que ocasione dentro de las instalaciones del COMITENTE.
H. El OFERTANTE ADQUIRENTE deberá suprimir/ descaracterizar cualquier identificación del COMITENTE que conste o figure en el bien subastado.
I. Será responsabilidad del OFERTANTE ADQUIRENTE, organizar y llevar a cabo la logística requerida para el retiro adecuado de los activos. Esto incluye, pero no limita, todo los equipos, herramientas, vehículos y personal capacitado que se requiera para el desmontaje, cargue, remolque, transporte o cualquier actividad relacionada y requerida para el retiro exitoso de los activos.
J. Correrán por cuenta del OFERTANTE ADQUIRENTE, incluyendo pero no limitándose, todos los impuestos y/o tasas y/o contribuciones y/o gastos, que ocasione el desmontaje y/o remolque y/o carque y/o transporte de los bienes.
K. Los vehículos adjudicados en subasta solo podrán ser retirados contra la presentación de la tarjeta de propiedad a nombre del OFERTANTE ADQUIRENTE como prueba de la realización del traspaso.
L. El OFERTANTE ADQUIRENTE que adquiera los vehículos en subasta debe estar registrado en el RUNT y presentar el certificado correspondiente que así lo acredite.
NOVENO. CONSECUENCIAS DEL NO PAGO.
El no pago del bien subastado y/o de la comisión de SUPERBID en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes al cierre de la subasta/fecha de liberación de la oferta condicional, configurará un supuesto de arrepentimiento del ADQUIRENTE y se entenderá como un incumplimiento del presente contrato, lo cual acarreara las consecuencias legales correspondientes, además de las siguientes:
1. El ADQUIRENTE perderá las arras de acuerdo con lo establecido en el numeral TERCERO del presente documento
2. El ADQUIRENTE no será admitido en nuevas subastas divulgadas en el PORTAL SUPERBID, motivo por el que su registro será impedido. Si fueran identificados registros vinculados a dicho registro, los mismos también serán impedidos.
3. Si por algún motivo, ajeno al COMITENTE, el ADQUIRENTE después de haber realizado el pago total o parcial de los activos, no formaliza la compra dentro de los términos de este contrato, deberá cancelar una multa equivalente al 60% del valor de la oferta, valor que podrá ser descontado de los pagos que haya realizado el ADQUIRENTE.
DECIMO. CAMPO DE ACCIÓN.
A. SUPERBID no se hace responsable por pérdidas o daños de cualquier tipo, originados en operaciones efectuadas entre los OFERTANTES y EL COMITENTE, y sólo actúa como un espacio virtual on-line para la divulgación de los activos, limitándose a hacer la difusión de los datos del lote (descripción, información, presentación) proporcionados por EL COMITENTE, a través del PORTAL SUPERBID. Es de responsabilidad de EL COMITENTE, ante los OFERTANTES, responder por la veracidad de la información, la transacción de compra y venta, así como el origen y la legitimidad de las mercancías ofrecidas.
B. SUPERBID no será responsable por daños causados al OFERTANTE, por dificultades técnicas o fallas en el sistema de la Internet. El PORTAL SUPERBID no garantiza el acceso continuo a sus servicios, ya que el funcionamiento del PORTAL puede sufrir interferencias por varios factores fuera de su control, ya sea por caso fortuito o fuerza mayor.
C. SUPERBID podrá, en cualquier momento en su libre voluntad y si previo aviso, añadir, cambiar o poner fin a algunos o todos los servicios disponibles en PORTAL SUPERBID
DECIMO PRIMERO. MARCO LEGAL.
En lo no previsto expresamente ambas partes se someten a lo establecido por las normas legales de la República de Colombia.
DECIMO SEGUNDO. CLAUSULA DE BUENA FE.
Las partes manifiestan obrar de buena fe en el presente contrato. Así mismo manifiestan que la procedencia de los recursos que se otorguen o reciban en desarrollo del presente contrato proviene de la operación normal de su actividad comercial y su origen está conforme con todas las disposiciones legales y no están ligados a ningún negocio ilícito, ni pertenecen a terceras personas inmersas en este tipo de negocios o actividades criminales.
DECIMO TERCERO. AUTORIZACION DE CONSULTA DE DATOS.
EL OFERTANTE autoriza a SUPERBID a consultar bases de datos para verificar la veracidad de sus datos, la moralidad crediticia del OFERTANTE y sus antecedentes judiciales, en caso de ser posible realizarlo. De la misma manera autoriza a SUPERBID a reportar la información a las centrales de riesgo del sector financiero y real acerca de su comportamiento comercial del aceptante, la cual será actualizada periódicamente conforme con lo establecido por las leyes de la república de Colombia, las cuales el OFERTANTE declara conocer a cabalidad.
DECIMO CUARTO. ARBITRAMENTO.
Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, se resolverá por un Tribunal de Arbitramento presentado ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, el cual estará sujeto a sus reglamentos, de acuerdo con las siguientes reglas:
a) El Tribunal estará integrado por: Un (1) árbitro designado por las partes de común acuerdo. En caso de que no fuere posible, los árbitros serán designados por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio, a solicitud de cualquiera de las partes.
b) El Tribunal decidirá en equidad.
c) El Tribunal sesionará en las instalaciones del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá.
d) La secretaria del Tribunal estará integrada por un miembro de la lista oficial de secretarios del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá.
DECIMO QUINTO.
EL OFERTANTE acepta expresamente las condiciones precedentes, quedando en consecuencia sometido a las previsiones de este contrato.
Para todos los efectos se fija como domicilio del presente acuerdo la ciudad de Bogotá D.C.
Acepto las Condiciones de Oferta y Pago aquí consignadas:
Nombre:
CC
Ciudad:
Dirección:
Teléfono:
Para completar los requisitos de participación para la subasta, debe hacer llegar a más tardar el día anterior a la subasta, la presente hoja, diligenciada y firmada tanto en físico, como al fax (1)7438088 o al correo [email protected]
Asegúrese de que sus datos de contacto sean los correctos, ya que a la dirección que nos suministre le enviaremos el acta de adjudicación de los lotes que compre en la subasta, la cual será necesaria para el retiro de los activos.
Anexo 1
DOCUMENTOS Y REQUERIMIENTOS PARA EL TRASPASO DE VEHICULOS
DOCUMENTOS QUE DEBE ENTREGAR EL COMITENTE
DOCUMENTOS QUE DEBE ENTREGAR EL ADQUIRENTE
· Fotocopia de la cedula del representante legal o propietario
PARA VEHICULOS DE SERVICIO PUBLICO (adicionales a los anteriores)
· Tiene que estar afiliados a una empresa de pasajeros
· Paz y Salvo de la empresa a la cual este afiliado
· Contrato de cesión de derechos (lo da la empresa de transporte de transporte
PARA CAMIONES DE CARGA (adicionales a los anteriores)
· Tienen que estar afiliados a una empresa de carga
· Paz y Salvo de la empresa a la cual este afiliado
· Contrato de cesión de derechos (lo da la empresa de transporte de transporte
FORMATO VINCULACIÓN DE CLIENTES GMAC (Este será enviado en el momento de la adjudicación)