CONTRATO PARA LA SUBASTA DE BIENES
SUPERBID CHILE S.A.
BIENES A SUBASTAR: MAQUINARIA
EMPRESA VENDEDORA (el VENDEDOR): FINNING CHILE S.A.
FECHA Y HORA SUBASTA: 15 de Octubre 2008 a las 15:00hrs.
LUGAR SUBASTA: 11 de Septiembre 1363 of 1201
PRIMERO: Superbid Chile S.A. (“Superbid”) es una empresa que presta servicios de intermediación, asesoría, promoción y publicidad en la compra y venta de bienes muebles e inmuebles.
El Vendedor ha otorgado un mandato a Superbid con el objeto de que promocione la venta de determinados bienes, y lo ponga en contacto con posibles compradores de los mismos (los “Postores” u “Oferentes”).
El presente contrato rige las condiciones y términos generales para los Postores. Estas condiciones podrán ser modificadas en cualquier momento por Superbid y regirán a contar de las 24 horas siguientes a su publicación en el sitio web www.superbid.cl (el “Portal Superbid”).
Para poder participar en las subastas los Postores deberán registrar sus datos en el Portal Superbid de acuerdo al “Procedimiento de utilización del Portal Superbid-Usuario” y aceptar las condiciones de este contrato en el mismo Portal Superbid, según se dispone al final de este contrato, o bien enviar una copia impresa del mismo debidamente firmado junto a su cédula de identidad a Av. 11 de septiembre 1363, oficina 1201.
Los bienes se venderán por su dueño, el Vendedor, en subasta pública la cual se llevará a efecto en el lugar y ante el Martillero Público indicados precedentemente. Las ofertas de compra en la subasta pública podrán efectuarse presencialmente ante el Martillero o bien mediante el Portal Superbid.
Los bienes objeto de la subasta (los “Bienes”) son aquellos que se individualizan en el “Anexo 1” de estas “Condiciones de Subasta”, que se entiende formar parte integrante de las mismas para todos los efectos legales.
La labor de Superbid consiste en poner en contacto a potenciales vendedores y compradores. Los Bienes son vendidos por su dueño, el Vendedor, por lo que Superbid no responde bajo ningún respecto de la condición o estado en los que éstos se encuentren. Es de exclusiva responsabilidad de los Postores, el cerciorarse del estado y condiciones en que se encuentren los Bienes al momento de ser subastados, así como de comprobar el dominio del Vendedor sobre dichos bienes.
Superbid no compra, ni vende, ni tampoco recibe el precio de la compraventa de los Bienes, los que serán adjudicados al mejor postor por el Martillero indicado precedentemente. La decisión de vender o no los Bienes, es exclusivamente de su dueño, el Vendedor.
En su calidad de intermediario, Superbid no forma parte ni interviene de manera alguna en el contrato de compraventa que se efectué tras la subasta entre el Vendedor y la persona natural o jurídica que adquiera en definitiva los Bienes (el “Comprador”). Superbid no asume ninguna responsabilidad ni obligación respecto de dicho contrato de compraventa, cuyos términos y condiciones serán los que determinen el Vendedor y el Comprador.
Superbid no garantiza de manera alguna el dominio de los Bienes por parte del Vendedor, ni su seriedad ni solvencia, así como tampoco la de los eventuales compradores. Superbid no tiene ni tendrá la calidad de árbitro ni de componedor de controversias entre el Vendedor y sus eventuales compradores.
Superbid no presta servicios de intermediación en relación con corredurías reguladas por leyes especiales. Los servicios de Superbid sólo se encuentran disponibles para personas capaces de contratar de acuerdo a la ley.
Superbid se reserva el derecho de no permitir ofertas de personas naturales o jurídicas que hubieran incumplido de alguna manera con las obligaciones que impone este contrato.
Los términos aquí indicados, y sus eventuales modificaciones debidamente publicadas en el Portal Superbid, se presumen conocidos de todos los participantes de la respectiva subasta y no podrá alegarse ignorancia de los mismos bajo ningún respecto. La sola participación en una subasta, implicará la aceptación de este contrato y de sus posibles modificaciones efectuadas en conformidad con lo expuesto precedentemente.
SEGUNDO: El Vendedor ha declarado ser dueño de todos y cada uno de los Bienes que se indican en el “Anexo 1”.
TERCERO: Los Bienes serán subastados al mejor postor por cuenta y orden del Vendedor en el estado en que se encuentren al momento de la subasta, que es conocido y aceptado por los Postores.
CUARTO: El Vendedor se reserva exclusivamente el derecho de retirar los Bienes de la subasta en cualquier momento durante el proceso, sin que los Postores puedan reclamar indemnización de ningún tipo y sin responsabilidad de ninguna especie para Superbid.
QUINTO: El Vendedor podrá establecer que los Bienes sean divididos y/o reunidos en lotes para su venta, a su exclusivo arbitrio. Los Bienes que se encuentren en lotes serán subastados en cantidades aproximadas, siendo posible un margen de hasta un 5% más o menos que las cantidades o pesaje de los Bienes, sin lugar a cualquier pago adicional y/o reembolso por dicho efecto. Los Bienes sujetos a pesaje serán pesados conforme la balanza del Vendedor.
SEXTO: Es de responsabilidad exclusiva de los Postores el cerciorarse del estado y condiciones en que se encuentren los Bienes. En el catálogo de Bienes de cada remate, “Anexo 1”, se indicará el lugar, día y hora en que puedan ser examinados por los Postores.
SÉPTIMO: Tanto las fotografías de los Bienes, así como su descripción, son entregadas para fines meramente referenciales, siendo de exclusiva responsabilidad de los Postores el cerciorarse del estado y condiciones de los Bienes, así como del derecho de dominio que tenga el Vendedor respecto de los mismos. De acuerdo a lo anterior, Superbid no responde bajo ningún respecto de errores o falta de representación de las imágenes o descripciones de los Bienes, respecto de su real y efectiva condición, la que se entenderá conocida de los Postores.
OCTAVO: Los Postores podrán efectuar ofertas de compra a través del Portal Superbid o personalmente, al momento de la subasta. Asimismo, Superbid podrá regular otros procedimientos de compra, los que serán informados a los Postores a fin de que puedan optar a ellos. Todas las ofertas, independiente del medio por el cual se realicen, tendrán las mismas condiciones y serán gratuitas, no obstante, en determinados casos Superbid podrá exigir garantías de seriedad de las ofertas conforme se señala en la cláusula 10.
NOVENO: Un postor podrá ofertar más de una oferta para un mismo bien, prevaleciendo siempre la mayor oferta efectuada.
DÉCIMO: Superbid podrá exigir en determinadas Subastas el otorgamiento de “Garantías de Seriedad de las Ofertas”, que corresponderán a los montos y característica que se informe en las condiciones particulares de cada Subasta.
UNDÉCIMO: La subasta tendrá un horario previsto de cierre (para tal efecto, existe un reloj en el Portal Superbid). Para efecto de que todos los interesados puedan efectuar una última oferta en los últimos 3 minutos del horario previsto, el cronómetro se retrasará en 3 minutos por cada oferta efectuada.
DUODÉCIMO: El valor inicial de las ofertas o valor de apertura será un valor referencial fijado por Superbid, que puede ser menor al precio mínimo que le ha comunicado el Vendedor. En caso de que la mayor oferta efectuada por los Postores sea menor al precio que el Vendedor ha comunicado a Superbid, el Martillero lo dará a conocer a los Postores y se entenderá que la oferta quedará sujeta a la posterior aprobación del Vendedor (“Ofertas Condicionales”), quien tendrá un plazo de 5 días para aceptar o rechazar la oferta en cuestión. De no ser aprobada dicha oferta por el Vendedor, los Oferentes no tendrán derecho a formular reclamo alguno en su contra ni contra Superbid.
DÉCIMO TERCERO: Una vez concluida la Subasta, Superbid comunicará al Vendedor el nombre o razón social, domicilio y teléfono del Postor que se haya adjudicado los Bienes (el “Mejor Postor”), a fin de que procedan a la celebración del respectivo contrato de compraventa, el se llevará a efecto a más tardar en el plazo de 5 días.
DÉCIMO CUARTO: El Mejor Postor deberá pagar a Superbid, por concepto de comisión en la intermediación efectuada, un porcentaje de 5% del precio total de los Bienes más IVA mas el valor total del bien, que se pagará de alguna de las siguientes maneras, según el caso: a) En caso de los compradores presenciales, tan pronto finalice la Subasta. b) En caso de los compradores vía Portal Superbid dentro del plazo de 48 horas siguientes a la Subasta, mediante depósito en la cuenta bancaria de Superbid, que se informará oportunamente.
El total del bien será cancelado al momento de ser aprobada la venta y de existir financiamiento, este será entregado por parte de la empresa mandante previa revisión de sus antecedentes y solo para pagos en efectivo.
DÉCIMO QUINTO: En caso de que el Adquirente se retracte de su oferta y adquisición de los Bienes, la comisión indicada en la cláusula precedente, quedará en poder de Superbid, en calidad de avaluación convencional y anticipada de los perjuicios que se le ocasionarían en virtud de la retractación.
DECIMO SEXTO: Superbid no responderá por problemas tecnológicos, como suspensiones o cancelaciones de transmisión, cortes de energía eléctrica u otros, originados antes, durante o después de las subastas. Superbid no responderá de cualquier dificultad que se ocasione por el mal uso de sistemas y equipos
DECIMO SEPTIMO: Queda terminantemente prohibido el uso de cualquier aparato, programa o sistema para interferir con la operación normal del Portal Superbid. De igual manera se prohíbe la publicación o difusión por cualquier medio del contenido del Portal Superbid, salvo autorización expresa de Superbid
DECIMO OCTAVO:. Cualquier dificultad o controversia que se produzca entre Superbid, el Vendedor y los Postores y Adquirentes, respecto de la aplicación, interpretación, validez o ejecución de estas “Condiciones de Subasta” será sometida a Arbitraje, conforme al Reglamento Procesal de Arbitraje vigente del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago. Las partes confieren poder especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., para que, a solicitud escrita de cualquiera de ellas, designe al árbitro de entre los abogados integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago. El árbitro que se designe tendrá la calidad de árbitro mixto, es decir, tendrá el carácter de árbitro de derecho con facultades de arbitrador en cuanto al procedimiento y en contra de sus resoluciones no procederá recurso alguno. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicción.
DECIMO NOVENO: Superbid es la creadora y único autora y propietaria de las marcas, logos y frases de propaganda que se utilizan en el Portal Superbid, los Postores deberán respetar en todo momento este derecho de dominio y no podrán utilizar bajo ningún respecto las marcas, logos ni ningún contenido del Portal Superbid.
VIGÉSIMO: El presente contrato se regirá por las leyes vigentes en la República de Chile.
Nombre Cliente: ____________
Rut: ______________________
Domicilio: _________________
Teléfono: __________________
E-Mail: ____________________
ACEPTO
Anexo 1
Bienes:
Retroexcavadora Fiat Allis FB100 Orden 950248
Retroexcavadora JCB 214 4T Orden 950253
Cargador Frontal Fiat Allis FW270 Orden 950247
Camión Volvo A30 Orden 950261
Camión Volvo A30 Orden 950262